Desde que en la Prehistoria los animales utilizaron las rutas naturales en sus migraciones anuales, y con ello se gestaron las primeras sendas, siguiendo con la red de calzadas romanas, cañadas reales, etc.., hasta llegar a la red de carreteras actuales, ha quedado atrás y olvidado una parte bastante importante de nuestro patrimonio histórico, como son las vías de comunicación, verdaderas artífices del progreso de nuestra civilización.
La relación de nuestro pueblo con la ganadería trashumante, se remonta a tiempos inmemoriales, ya que aquí pastaban los ganados Sorianos que descendían a "extremos" durante los meses de invierno, aprovechando los pastos de las dehesas y tierras comunales, o bien, continuaban su camino a la zona del Andévalo y Portugal.
Estas relaciones fueron siempre muy tensas debido principalmente a:
• La ocupación de terrenos por los agricultores, a la vez que los ganados invadían las tierras de labor.
• La ganadería local tenía gran importancia en la zona y necesitaba los pastos para ella.
• Al pertenecer nuestro pueblo a la Orden del Temple, todos los ganados que pasaban por esta zona debían pagar una cantidad por derechos de tránsito (Privilegio concedido por- Fernando III en 1.237).
Así la primera disputa de la cual tenemos noticias data del año 1.338 en la que Juan Martínez de la Yna, Alcalde y Guarda Mayor del Cuerpo del Rey, dista sentencia a favor del concejo Higuereño declarándolo libre de cañadas "extremas". A pesar de esta sentencia los problemas debieron continuar ya que fue ratificada en 1.416 por Juan Fernández de Mendoza, Alcalde Mayor de Sevilla, mandando:
"... Que ningund soriano ni otra persona alguna que sea pasen por termino dese dicho logar con sus ganados ni fagan cañadas ni fuellen la tierra, saluo aquellas que fasta aqui lo fazian e con derecho deuen pasar su ganado por ay non otro alguno..."
Pero a pesar de esta sentencia, el problema continua al año siguiente, ya que la dehesa del Caño pertenecía a los propios de la ciudad de Sevilla, la cual vendía los pastos a los ganaderos sorianos, por lo que éstos necesitaban un lugar de paso. Para lo cual, en noviembre de 1.417, la ciudad de Sevilla nombra al juez Don Pedro Fernández de Jerez para que éste marque una cañada que se dirija hasta la dehesa del Caño. Éste tras una investigación, sentencia:
"Que esta cerca de la sierra de Sant Cristoual. E va por entre la dicha sierra de Sant Cristoual e la cabeca de Barriga, atrauesando terras que dizan de los Salgeros fasta dar en la dicha dehesa del Caño, por linde del corral de Barriga que esta cerca de la dicha dehesa a la mano derecha e la cabeca de Montosa a la mano yzquierda. E yo asi lo pronunscio e mando que por estos terminos e mojones vayan la dicha cañada... "
Tras este deslinde de la Cañada Real, la situación no permaneció inmutable, siendo, como en el resto de España, su extensión y trayectoria modificada a lo largo de los siglos, debido principalmente, a las roturaciones que realizaban los agricultores. Estos cambios, fueron en varias ocasiones regulados por el Honrado Concejo de la Mesta, hasta su desaparición en 1.836, y después de mas de 500 años de privilegios.
De esta forma llegamos al día 1 de Julio de 1.871, en que se remite por parte de la Presidencia de la Junta Local de Ganaderos, (En virtud de la Orden de 21 de Junio de 1.971 de la Asociación de Ganaderos del Reino, heredera del Honrado Concejo de la Mesta), un escrito al Ayuntamiento, para que el entonces Alcalde D. Francisco Monsa, inicie un expediente de deslinde de los puntos por donde pasaba la Cañada Real. Este expediente tras varios meses de trabajo y averiguaciones, se completo con la realización de un deslinde el día 29 de agosto de 1.872, teniendo que cerrarse ante las presiones efectuadas por los agricultores, en especial los que habían roturado los lugares por donde pasaba la Cañada.
Este expediente permaneció archivado hasta que, tras la orden del Director General de Ganaderos de fecha 15 de octubre de 1.959, se empezaron a realizar los trabajos de campo para poder redactar un proyecto de clasificación de las vías pecuarias del termino, que concluiría con su aprobación y posterior publicación el Boletín Oficial de la Provincia del día 20 de julio de 1.960, que dice:
« .... Este Ministerio acuerda:
Primero.- Aprobar la clasificación de las vías en el termino municipal de Higuera la Real, provincia de Badajoz por lo que se consideran:
VIAS PECUARIAS NECESARIAS
Cordel de Sevilla a Badajoz.- Anchura uniforme en todo su recorrido de treinta y siete metros con sesenta y un centímetros (37,61 metros).
Colada del Rocón.- Anchura uniforme en todo su recorrido de diez metros (10 metros).
DESCANSADERO Y ABREVADEROS NECESARIOS
Descansadero abrevadero de la Pitera. Enclavado en la < Colada del Rocón», ocupa una superficie de una hectárea, equivalente a diez mil metros cuadrados (10.000 metros cuadrados».
Descansadero abrevadero de la Zarzuela.- enclavado en el < Cordel de Sevilla a Badajoz», ocupa una superficie de una hectárea, cincuenta áreas, equivalentes a quince mil metros cuadrados (15.000 metros cuadrados)….>>
En cuanto a la denominación de la cañada que pasaba por nuestro pueblo, y dentro de las nueve rutas mayores en las cuales las clasifican todos los historiadores, se podría incluí según la ruta que sigue dentro de la «Real Cañada Leonesa Occidental», si bien se puede comprobar en distintas referencias que se hacen de ella, que era utilizada generalmente por los ganaderos Sorianos, lo que nos hace pensar que esta clasificación es teórica. |